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Foto del escritorRicardo Zuñiga

Colores como marcas registradas: ¿puede una empresa reclamar un color como su marca registrada?



Las marcas son multifacéticas,  abarcando desde nombres y logos hasta, de manera más intrigante, colores específicos. Esta última categoría ha generado debates en el ámbito del derecho de propiedad intelectual. En el corazón de esta discusión se encuentra una pregunta: ¿Es posible que una empresa reclame un color específico como su marca registrada? Esta cuestión no solo es de interés para los profesionales legales, sino que también resuena entre empresarios y en la percepción pública de las marcas.


El concepto de registrar colores como marcas es una interesante intersección entre el derecho de propiedad intelectual y la psicología del marketing. A primera vista, podría parecer inusual que un color pueda ser propiedad de una empresa. Sin embargo, en el ámbito legal, la práctica de registrar colores como marcas no solo es posible, sino que también es una estrategia de marca cada vez más común y legalmente reconocida en varios países.


Diferentes jurisdicciones tienen diferentes enfoques respecto a la posibilidad de registrar colores como marcas. En los Estados Unidos, por ejemplo, la ley permite el registro de colores como marcas siempre y cuando se pueda demostrar su distintividad y el reconocimiento del consumidor. En la Unión Europea, la legislación también permite el registro de colores, pero el umbral para demostrar la distintividad es considerablemente alto. 


La posibilidad de registrar un color como marca es una práctica única que permite a las empresas reclamar la exclusividad sobre un color en particular, vinculado directamente a sus productos o servicios, siempre que cumplan ciertos criterios legales específicos. 


Son numerosos los ejemplos de compañías que han registrado colores específicos como parte esencial de su identidad de marca. Un caso icónico es el "Tiffany Blue" de Tiffany & Co., registrado para sus cajas de joyería y convertido en un símbolo distintivo de la marca. United Parcel Service (UPS), por su parte, ha registrado el color marrón de sus vehículos y uniformes, creando una asociación inmediata con la empresa. Target Corporation ha logrado lo mismo con su característico "Target Red". Estos colores no solo fortalecen la identidad visual de estas marcas, sino que también facilitan su diferenciación en un mercado competitivo, estableciendo una conexión directa y reconocible con los consumidores.


Registrar un color como marca presenta desafíos únicos. Los solicitantes deben demostrar que el color se ha utilizado de manera extensa y consistente, asociándolo con sus productos o servicios. A pesar de los retos, el registro de un color como marca ofrece una herramienta poderosa para que las empresas establezcan y protejan su identidad de marca en un mercado global crecientemente visual y saturado.


La protección de un color específico como marca registrada, dentro del ámbito de la propiedad intelectual, es un tema que genera posturas firmes a favor. Los argumentos a favor de esta práctica subrayan la importancia de una protección estricta de los derechos de propiedad intelectual como medio para salvaguardar la identidad única y el valor de una marca.


Uno de los argumentos centrales es que un color puede llegar a ser tan identificativo de una marca como el nombre o logo de la misma. Por ejemplo, el color rosa de la empresa de telecomunicaciones T-Mobile o el rojo característico de Coca-Cola son elementos visuales claves de estas marcas. En estos casos, el color se convierte en un activo muy importantel de la empresa, merecedor de protección legal contra el uso no autorizado o la imitación por parte de competidores. 


Esta postura sostiene que el registro de colores como marcas ayuda a prevenir la confusión en el mercado y protege al consumidor. Por ejemplo, el uso del específico tono de azul de Tiffany & Co. por otra joyería podría llevar a confusiones, sugiriendo una asociación o nivel de calidad que no existe. Al proteger estos colores, las empresas aseguran que los consumidores no sean engañados por prácticas comerciales desleales de terceros que busquen aprovecharse de la reputación y el reconocimiento que el color representa.


Además, los defensores de esta práctica argumentan que el registro de colores como marcas fomenta la innovación y la creatividad en el marketing y el branding. Al tener una protección clara, las empresas pueden invertir más en desarrollar y mantener una identidad de marca distintiva, lo que a su vez puede fomentar una competencia saludable y diversidad en el mercado.


Finalmente, si un color ha adquirido suficiente distintividad asociada con una marca o producto en particular, merece la misma protección que cualquier otro elemento de marca, como un nombre o un logo. Esto se basa en el principio de que la ley de propiedad intelectual debe adaptarse a las prácticas comerciales modernas y reconocer la evolución de cómo las marcas se comunican y establecen su presencia en el mercado.


Quienes apoyan el registro de colores como marcas ven en esta práctica una extensión lógica de la ley de propiedad intelectual, adaptada a un entorno comercial donde la identidad visual juega un papel cada vez más crítico en la diferenciación y el éxito de una marca.


En el debate sobre si una empresa puede reclamar un color como su marca registrada, existen argumentos significativos en contra de esta práctica. Estos argumentos se centran principalmente en las preocupaciones sobre la restricción de la libertad de expresión y la competencia en el mercado.


Los críticos de registrar colores como marcas sostienen que esta práctica puede limitar la libertad de expresión y la creatividad en el diseño y el marketing. Argumentan que los colores son recursos limitados y una parte fundamental del dominio público. Al permitir que las empresas reclamen la propiedad exclusiva de un color, se reduce el espectro de opciones disponibles para otras empresas y diseñadores, lo que podría sofocar la innovación y la creatividad en diversas industrias.


Además, esta restricción puede resultar en un mercado menos competitivo. Si una empresa tiene el monopolio de un color particular, puede impedir que sus competidores usen ese color, incluso si su uso es completamente legítimo y no confunde a los consumidores. Esto podría dar lugar a situaciones en las que las empresas grandes y establecidas tienen una ventaja injusta sobre las nuevas empresas y los emprendedores.


Varios casos han puesto en duda la legitimidad y la viabilidad del registro de colores como marcas. Un caso notable es el de Cadbury, que perdió su batalla legal para proteger su característico color morado (Pantone 2685C) "aplicado a toda la superficie visible, o como color predominante aplicado a la totalidad de la superficie visible, de los envases de los productos" para una gama de productos de chocolate pertenecientes a la clase 30 de la Clasificación Internacional de Productos y Servicios. Nestlé se opuso a la solicitud, y el oficial instructor concluyó que Cadbury sólo tenía derecho a registrar la marca con relación a los productos para los que había pruebas del carácter distintivo adquirido, es decir, chocolate en forma de barra y tableta; chocolate para comer; chocolate para beber; y preparados para hacer bebidas de chocolate. La Corte de Apelaciones del Reino Unido determinó que el color morado de Cadbury no tenía un carácter distintivo específico que justificara la protección de marca.


Otro ejemplo es el caso de Louboutin contra Yves Saint Laurent (YSL). Aunque Louboutin inicialmente ganó el derecho a proteger su famosa suela roja, el caso también estableció que esta protección era limitada. El tribunal sostuvo que YSL podía vender zapatos completamente rojos, incluyendo la suela, ya que esto no infringía la marca registrada de Louboutin.


Estos casos ilustran cómo el registro de colores como marcas puede ser complejo y muestran que, aunque es posible registrar colores como marcas, existen límites claros para garantizar que la competencia justa y la libertad de expresión no se vean indebidamente restringidas. 


Mientras que los defensores del registro de colores como marcas argumentan que protege y fortalece la identidad de una marca, los opositores resaltan la importancia de preservar la libertad de expresión y garantizar una competencia equitativa en el mercado. Estas posturas enfrentadas subrayan la necesidad de un equilibrio cuidadoso en la ley de propiedad intelectual para proteger los intereses de las marcas sin inhibir la creatividad y la competencia.


El registro de colores como marcas implica una serie de desafíos únicos que reflejan la complejidad de la propiedad intelectual en el contexto del marketing y la ley, lo que hace que este tema sea tan debatido y complejo. Uno de los mayores desafíos es demostrar que el color ha adquirido una "distintividad secundaria", lo que significa que los consumidores asocian ese color específico con una marca o un producto particular. Esta asociación no es inherente al color en sí, sino que se desarrolla a través de su uso extensivo y constante en el mercado, como se ha visto en casos como el color rojo de Coca-Cola o el azul de Tiffany. Además, el color elegido para el registro no debe ser funcional, es decir, no debe ofrecer ninguna ventaja o beneficio utilitario esencial para el uso o propósito del producto. 


Otro desafío significativo es la variabilidad de las leyes de registro de marcas, incluidos los colores, en diferentes países. Algunos países aceptan y reconocen el registro de colores como marcas, mientras que otros tienen reglas más estrictas o no lo permiten. Esto presenta un desafío para las empresas que operan internacionalmente. Además, el concepto de registrar un color como marca es relativamente nuevo y aún se está explorando en muchos sistemas jurídicos, lo que puede llevar a litigios y disputas legales sobre la validez de la marca registrada.


Una vez registrado, mantener una marca de color requiere vigilancia constante del mercado para evitar infracciones y asegurar que el uso del color siga siendo distintivo y asociado exclusivamente con la marca, lo que implica recursos y esfuerzos constantes. Estos desafíos deben sopesarse contra los beneficios potenciales del registro de colores como marcas para tomar decisiones informadas y estratégicas en el enfoque de marca y marketing.


Y tú ¿qué opinas?, ¿nos encontramos ante un nuevo horizonte de propiedad intelectual o frente a una restricción indebida de la creatividad y el uso de recursos comunes?


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